En México es obligatorio el Seguro de Responsabilidad Civil en hoteles

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02 Mayo 2022 Alicia Rivera / Conexiones 365

En México, desde el año 2002 es obligatorio que los hoteles cuenten con un Seguro de Responsabilidad Civil, fundamentalmente para que la empresa esté en posibilidad de resarcir un daño ocasionado por algún accidente en sus instalaciones.

En el entendido de que la responsabilidad civil de una empresa es el compromiso de reparar un daño causado a terceras personas a causa de las actividades en su interior, las pólizas de hoteles deben cubrir indemnizaciones por caídas de personas dentro de las instalaciones o accidentes en las albercas, por mencionar algunos.

Existen compañías aseguradoras que ofrecen indemnización por daños causados a los turistas o usuarios a consecuencia de un hecho no doloso que cause perjuicio, lesiones e incluso la muerte, así como el deterioro o la destrucción de bienes ocasionado por fenómenos naturales como ciclones, granizo, ventarrones y otros.

Es importante que el contrato de la aseguradora incluya riesgos no amparados y exclusiones del seguro, como es el caso de que el usuario incumpla con el reglamento interior del hotel.

En nuestro país, donde operan más de 20 mil hoteles, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-07-TUR-2002 que establece la obligatoriedad de las empresas hoteleras de contratar pólizas de seguro.

La normatividad indica que el prestador de servicios turísticos debe informar al turista o usuario que cumplen con el seguro de responsabilidad civil mediante avisos colocados en la recepción, en la habitación o en el reglamento interior del establecimiento de hospedaje.

Esta medida busca crear conciencia de prevención en el sector, y funcionan para ayudar financieramente a los prestadores de servicios en problemas derivados por algún accidente o contingencia.

Además, otorga un valor agregado de seguridad a los clientes y huéspedes, lo cual puede considerarse como una mejora en la calidad de sus servicios.

La Secretaría de Turismo es la responsable de la vigilancia y verificación de la Norma, para lo cual cuentan con un equipo de inspectores que hacen visitas a los hoteles y revisan que las pólizas estén actualizadas y pagadas.

Los seguros para hoteles son habitualmente multi-riesgo, es decir que cubren, además de las instalaciones, el mobiliario y el stock por incendio, explosión, destrozos por agua, daños eléctricos, rotura de cristales y fenómenos atmosféricos. Protegen la responsabilidad civil del propio local por los daños a terceros que se puedan producir. 

La seguridad en la alberca de un hotel

Una alberca  y/o un spa son servicios que muchos hoteles ofrecen a sus huéspedes como parte de su experiencia.

Sin embargo, estas amenidades tienen riesgos que pueden generar lesiones y potencialmente afectar las operaciones y la reputación de una empresa.

Para mantener a salvo a los huéspedes, se deben adoptar medidas preventivas como tener piso anti-derrapante en el perímetro de la alberca, mantener señales de la profundidad en cada uno de los tramos de la piscina y en ambos lados.

Tener iluminación en el área de alberca y en sus alrededores y muy importante utilizar interruptor de falla a tierra (GFCI) para evitar el riesgo de electrocución cuando se presenta un peligro de descarga eléctrica.

Deberá existir en lugar visible a las inmediaciones de la alberca todas las condiciones de seguridad e higiene que debe respetar el usuario, establecidas mediante un reglamento para el uso de la alberca.

El agua de la alberca debe cumplir con los niveles permisibles de cloro y PH, atendiendo la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010 que señala los requisitos sanitarios y calidad del agua que deben cumplir las albercas.

También se debe monitorear y tratar el agua diariamente conforme a la norma e inspeccionar periódicamente los pasamos y escaleras, para asegurarse de que están en buenas condiciones.

Las albercas deben contar con escaleras o accesos para salir de las mismas. Donde haya trampolín, se tiene que la zona de clavados, donde será restringido nadar o chapotear, a menos que el trampolín se cancele o se cierre durante el uso de esa zona.

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