Prohíben a restauranteros colocar aparatos de música en la calle

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07 Septiembre 2022 Alicia Rivera

Con las nuevas reglas de operación acordadas con vecinos de las colonias Roma Norte, Roma Sur, Polanco, Cuauhtémoc, Condesa, Hipódromo, Hipódromo Condesa y Juárez, se mantiene el programa de extensión del servicio de restaurantes a la vía pública al amparo del programa “Ciudad al Aire Libre”.

Las nuevas medidas fueron publicadas en la Gaceta de Gobierno con fecha 27 de abril de 2022, donde se establece la permisividad a restauranteros de colocar enseres en banquetas, calles peatonales y arroyo vehicular, siempre y cuando garanticen la protección de las personas y transeúntes.

 Por ejemplo, en el arroyo vehicular, se deberá asegurar la protección de las personas usuarias con barreras físicas y señalética que se colocarán dentro de los límites del cordón de estacionamiento y en las banquetas deben dejar un espacio libre para el paso peatonal en línea recta de al menos 2 metros.

Cuando se coloquen enseres sobre calles peatonales, también tienen que dejar un espacio libre para el paso peatonal en línea recta de al menos 2 metros continuo y sin obstáculos.

Prohibiciones

Se prohíbe colocar mobiliarios en arroyo vehicular de vías primarias, en sitios donde no hay permiso de estacionarse, zona de parquímetro no autorizada, vías de acceso controlado, ciclovías, bahías de ascenso y descenso, de recepción de valet parking, así como sitios de carga y descarga o espacios para personas con discapacidad.

Tampoco se permite en áreas verdes, camellones, banqueta o sobre arroyo vehicular del extremo opuesto al de la fachada del establecimiento ni en rampas o espacios de accesibilidad para personas con discapacidad.

También está prohibido colocar bocinas, pantallas o cualquier emisión electrónica de música en zonas de enseres en vía pública, así como sillones u objetos distintos a los permitidos. Tampoco se permite música viva, grabada o video grabada contratada o provista por los propios establecimientos en la zona de enseres en vía pública.

No se deben preparar y/o elaborar bebidas o alimentos en el espacio determinado para enseres en vía pública, ni vender y consumir en forma preponderante bebidas alcohólicas.

Podrán ser beneficiarios del programa los establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados, ubicados en cualquiera de las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Para los establecimientos mercantiles de bajo impacto se condonan los costos de forma total, en tanto que los negocios de impacto vecinal deben pagar derechos por la cantidad de 3 mil pesos.

El gobierno de la Ciudad de México, destacó su apertura al diálogo, por lo cual la postura del programa Ciudad al Aire Libre siempre fue la de congeniar la convivencia de vecinos, vecinas, restaurantes y comensales, respetando los lineamientos que el programa estableció desde un principio y para ello se privilegia el cumplimiento de las reglas para seguir impulsando la reactivación económica.

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